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Jaime Martínez Llabrés presenta la nova ordenança cívica, després de la seva aprovació inicial per la Junta de Govern, que té com a objectiu promoure la convivència i la protecció de l'espai públic


27 noviembre de 2024

 El alcalde ha puesto de manifiesto el carácter preventivo de la ordenanza, que “responde al compromiso de trabajar para corregir las actitudes incívicas que alteran la convivencia, atentan contra el patrimonio, el mobiliario urbano y, en definitiva, contra lo que es de todos y entre todos tenemos el deber de cuidar”
Palma, 27 de noviembre de 2024-. El alcalde de Palma, Jaime Martínez Llabrés, ha anunciado este miércoles la aprobación inicial en Junta de Govern de la Ordenanza para el Fomento de la Convivencia Cívica, que “responde al compromiso de trabajar para corregir las actitudes incívicas que alteran la convivencia, que atentan contra el patrimonio, el mobiliario urbano y, en definitiva, contra lo que es de todos y entre todos  tenemos el deber de cuidar”.
El alcalde ha señalado que el documento ha contado con las aportaciones realizadas por una amplia representación de la sociedad civil, “con el fin de que sea una normativa lo más consensuada posible”. 
En este sentido, Martínez Llabrés ha subrayado el enfoque preventivo de la ordenanza, “que busca corregir conductas incívicas a través de la mediación, especialmente ante las infracciones cometidas por menores o personas vulnerables”. Cabe especificar, además, que se ha eliminado el importe mínimo de las infracciones leves, y estas podrán sancionarse desde los 0 hasta los 750 euros. 


Asimismo, el alcalde ha destacado la puesta en marcha el próximo año del Equipo Comunitario de Proximidad (ECOP), una nueva unidad de la Policía Local, diseñada para luchar contra el incivismo y reforzar la presencia de la policía en los barrios de la ciudad.
El primer edil ha expuesto los aspectos más destacados de la ordenanza, reiterando que “la seguridad ciudadana y el civismo son ejes prioritarios de mi equipo de gobierno, y así se refleja en el histórico presupuesto previsto para  2025 con la dotación de 135 policías, que se suman a las 55 plazas habilitadas este año,   con el claro objetivo de disponer de una policía local más efectiva, más próxima al ciudadano y más presente en  las calles”. 
Patinetes, VPM  y  ciclos de más de dos ruedas
En cuanto al uso de patinetes, patines, VMP's y ciclos de más de dos ruedas,  la ordenanza contempla diferentes normas, entre las que destaca la prohibición de circular  por aceras, plazas, parques, jardines y zonas para peatones. Será obligatorio que los conductores de estos vehículos dispongan de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000 euros. En caso de no tener el seguro, la sanción será de 600 euros. 
Además, se establece la obligatoriedad del uso del casco para circular por vías urbanas de Palma, con sanciones de 90 euros para quienes incumplan esta norma. Los VMP podrán superar circular en calzadas de hasta 40 km/h, sin superar los 25 kilómetros por hora,  y deberán llevar chaleco reflectante homologado.
Pintadas vandálicas
Las degradaciones graves en cualquier bien público, mobiliario urbano o infraestructuras del servicio público, incluidas las  pintadas vandálicas, serán consideradas infracciones muy graves, con sanciones de hasta 3.000 euros. 
Los menores que cometan esta infracción tendrán a sus padres o tutores como responsables civiles. Por su parte, el Ayuntamiento podrá proceder con la limpieza o reparación de los daños con cargo al infractor.
Carteles, vallas y pancartas 
Se prohíbe la colocación de carteles, pancartas, vallas o cualquier tipo de publicidad no autorizada en el espacio público, con sanciones que oscilan entre los 150 y los 6.010 euros dependiendo de la gravedad de la infracción, según establece la ordenanza de publicidad dinámica. Además, se prohíben los carteles luminosos que puedan causar molestias, con sanciones de hasta 750 euros. En caso de incluir elementos con flash, se considera una infracción grave según la Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana.   
Juegos y apuestas
En cuanto a la realización y ofrecimiento de juegos de azar que impliquen apuestas  con dinero  o bienes, tales como el trile, se prohíben en cualquier espacio público. 
Las infracciones en esta materia se consideran muy graves y las sanciones pueden oscilar entre 31.000 y 450.000 euros, conforme a la ley autonómica del Juego y las Apuestas de Baleares. Los agentes de la Policía Local tienen la obligación de levantar un acta y remitirla a la autoridad competente. 
Suciedad en espacios públicos 
Por otro lado, se sancionará con hasta 750 euros a quienes defequen, orinen o escupan en espacios públicos. En caso de defecaciones en lugares de gran afluencia de personas, niños,  o en monumentos y edificios protegidos, se considerarán infracciones graves, con sanciones de entre 750 y 1.500 euros. 
Visitas turísticas guiadas 
La ordenanza también regula las visitas turísticas guiadas, que estarán limitadas a un máximo de 20 personas por grupo a pie y a 4 por grupo en vehículos rodados. Además, los guías deberán portar de manera visible su carné oficial, y se prohíbe el uso de altavoces o megáfonos en el espacio público. Las infracciones serán sancionadas con hasta 750 euros. En caso de no disponer carné oficial, se remitirá a la Conselleria de Turisme. 
Consumo de bebidas alcohólicas
El consumo de alcohol en espacios públicos quedará  prohibido para menores de edad en la vía pública, con sanciones graves que pueden alcanzar hasta los 1.500 euros. 
También se prohíbe el consumo masivo de alcohol en lugares con alta afluencia de personas, especialmente cerca de zonas frecuentadas por menores. 
Otras infracciones 
Fruto de la participación ciudadana, la normativa incorpora, para evitar el incremento de la contaminación ambiental y acústica y evitar las molestias ocasionadas, la prohibición de mantener los motores de los vehículos que estén inmovilizados en funcionamiento, excepto en los casos de los vehículos de servicio público, sanitarios y de emergencias, cuando estén de servicio.
Tampoco se permite estacionar los vehículos adosados a los inmuebles de forma que se facilite el acceso furtivo o delictivo a las viviendas o comercios.
Por otro lado, las motocicletas tendrán que estacionar en batería, de manera perpendicular a la acera o línea delimitadora, con una inclinación máxima de 30 grados, excepto cuando esté expresamente señalizado, para compartir el uso del espacio público de manera ordenada. 
Tampoco se permite el acceso ni la permanencia en el interior de parques o jardines públicos fuera del horario de apertura. Estas conductas serán consideradas como infracciones leves o graves, dependiendo de la intensidad de la perturbación ocasionada. 

Asimismo, se prohíbe acampar con vehículos en todo el municipio, excepto en los lugares habilitados específicamente para ello. Se considera acampada cuando se despliegan elementos que sobresalen del perímetro del vehículo, como toldos, sillas, o mesas, o bien emite ruidos y fluidos al exterior.  
Estas serán consideradas infracciones graves, con sanciones que irán de 750 a los 1.500 euros, a excepción de las relacionadas con el tráfico, que tienen su normativa específica. 
Cabe recordar que no se podrá acceder al interior de los vehículos, salvo en casos excepcionales, como situaciones de urgencia o peligro, o cuando haya una intervención judicial ordenando la entrada al vehículo.  
En este punto, cabe destacar que las infracciones cometidas por personas en situación de exclusión social, los agentes harán funciones de carácter asistencial informando a la persona afectada de los recursos existentes y trasladando su situación a Servicios Sociales. Las multas impuestas podrán ser suspendidas siempre que conste el perceptivo informe de vulnerabilidad social, sanitario o económico, o signos de evidente vulnerabilidad. 
Tras la aprobación inicial en la Junta de Govern, la ordenanza estará en exposición pública durante 10 días para los grupos municipales. Posteriormente, se someterá a la aprobación inicial del Pleno y se abrirá un periodo de 30 días para presentar alegaciones antes de su aprobación definitiva.
 


 

Fecha última modificación: 27 de noviembre de 2024