Cort consensúa revisar el control del régimen de incompatibilidades en el Ayuntamiento de Palma - Comunicación y prensa
Cort consensúa revisar el control del régimen de incompatibilidades en el Ayuntamiento de Palma
Irene San Gil: "El objetivo es garantizar la calidad del servicio público, y evitar los posibles conflictos de intereses"
Los trabajadores de la administración que tengan reconocida la compatibilidad deben volver a solicitarla en caso de un cambio de trabajo, a fin de obtener un nuevo reconocimiento
Palma, 20 de marzo de 2015.- Cort ha aprobado en consenso en Comisión de Pleno, y con la presencia de representantes sindicales, una proposición relativa a la revisión y control del régimen de incompatibilidades en el Ayuntamiento, concretamente la Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas del año 84. El objetivo es, según Irene San Gil, teniente de alcalde de Función Pública y Gobierno Interior, "garantizar la calidad del servicio público, y evitar los posibles conflictos de intereses".
Mejora del servicio público-. La ley 53/84 tiene como objetivo eliminar posibles conflictos de intereses entre el desempeño de puestos de trabajo públicos y las actividades profesionales privadas del personal al servicio de la administración. Cort busca asegurar, con su cumplimiento, que el trabajo de la administración "se llevará a cabo con objetividad, neutralidad y buscando el interés general", tal y como ha dicho San Gil, "con el fin de mejorar la calidad de los servicios que el ciudadano recibe de la administración", añadió.
Con la aprobación unánime de esta proposición en la Comisión, Cort actualizará todos los reconocimientos de compatibilidades del Ayuntamiento de Palma. Cabe recordar que los trabajadores de la administración que tengan reconocida la compatibilidad deben volver a solicitarla en caso de un cambio de trabajo, a fin de obtener un nuevo reconocimiento. Además, la ley no permite reconocer la compatibilidad a trabajadores con un complemento específico superior al 30% de su retribución básica.
Fecha última modificación: 13 de marzo de 2023